lunes, 8 de abril de 2013

Concepto de Acto Odontoestomatologico


El odontólogo lleva a cabo  su quehacer  profesional  mediante  su relación inmediata con el paciente, practicando una serie de operaciones de diversa naturaleza, con sujetos sanos o con enfermos, y cuya relación  no es permanente, sino que se extiende  a lo largo  de una serie de períodos de tiempo, generalmente breves. Cada  uno de estos períodos de tiempo en los que el odontólogo se dedica sin interrupción al ejercicio de su profesión  con un paciente  constituye un acto odontológico.
           
En  general, por  actos odontológicos se entiende la realización de determinadas operaciones  diagnosticas  o terapéuticas, con independencia del tiempo i tiempos dedicados  a su consecuencia. Es decir  se trataría  por esta vía  de identificar el acto  profesional con una  operación o un conjunto de  operaciones concretas.

Lo anterior no invalida que se pretenda  alcanzar  definición que a  nuestro entender  debe incluir tres elementos.

Sujeto  de la acción  que no puede ser otro que la persona legalmente capacitada para el ejercicio profesional, en nuestro caso, los odontólogos.

Delimitación  de carácter  temporal  como ocurre  en cualquier  clase de actos.
Fines  u objetivos  del acto, que no pueden ser otros que aquellos que persigue la  odontología en sí.

“De acuerdo  con los  anteriores  criterios podemos definir el acto odontológico como  el conjunto  de operaciones  que   el odontólogo realizan en cada uno de los períodos de tiempo en que mantiene relación  inmediata con el enfermo,  con el  sujeto sano o con elementos derivados de ambos y que persiguen la prevención, el  diagnóstico, el pronóstico el tratamiento o la rehabilitación . 

Todo acto profesional  del odontólogo ha de ajustarse  a una serie de principios.

El acto ha de perseguir el bien del enfermo o de la persona asistida,
Consentimiento. Todo acto ha de ir procedido del consentimiento del paciente,
El acto ha de  ser libre en el sentido de dar en cada ocasión la mayor  libertad de  opción a los pacientes, previa explicación de los pros y de los contras en cada  caso.

Científico: Todo acto del odontólogo ha de tener unas bases científicas, lo contrario nos llevaría a la pérdida de calidad asistencial.

Etico: Como  todo  profesión científica.
La  odontología en cuanto  a su  aplicación ha de regirse por unas normas  éticas cuya inobservancia  invalida  el acto  profesional.

Búsqueda de algunos de los  objetivos de la odontología.

Clases   de Actos  Odontológicos
  • Actos  odontológicos  fundamentales, también llamados exclusivos, que  son indelegables, es decir, que sólo pueden ser realizados por el  odontólogo. En la integración  de datos  o de   la formulación de juicios clínicos que  conllevan una complejidad tal que  imposibilita  su realización acertada por otros profesionales. Ejem.   De estos actos serían el establecimiento de un diagnóstico, la realización  de una  historia clínica odontológica , la realización  de un  implante  osteointegrado, las  actividades  de operatoria  dental , de  prótesis , etc .

  • Actos  odontológicos  auxiliares , que  forman parte de las tareas diagnósticas  o terapéuticas  y que, por tanto, han de ser ordenados, programados , dirigidos y supervisados por un odontólogo, pero que forzosamente no tienen que ser ejecutados  por él , ejemplo la elaboración de una prótesis , realización  de una encuesta epidemiológica por el  higienista  dental. Etc.
  • Actos  profesionales  compartidos, que pueden  ser realizados por el odontólogo y el medico estomomatòlogo, pero también por otros profesionales de una manera autónoma, es decir, sin su indicación ni supervisión, tal como serían los actos para la realización de la asistencia primaria de las enfermedades de la boca para las que está facultado un licenciado en medicina.

Desde el punto de “vista jurídico”, el acto profesional del odontólogo distinta conceptuación según se trate de la modalidad de ejercicio profesional privado o del ejercicio profesional en el sector público en donde ya no existe una relación directa con el enfermo, sino que entre el enfermo y el odontólogo se interpone un tercer elemento (seguridad social, compañía de asistencia, etc.) que modifica la relación entre odontólogos y pacientes.

1 comentario:

  1. También es importante tener en consideración actos compartidos la interacción con el que hacer médico.

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